jueves, 15 de abril de 2010

agentes retenedores

Recaudación de terceros: agentes de retención y agentes de percepción
La autoridad judicial ha interpretado con acierto que en nuestra legislacion tributaria HAY SOLO DOS CATEGORIAS DE SUJETOS PASIVOS de las obligaciones a saber:
- RESPONSABLES POR DEUDA PROPIA o contribuyentes
- RESPONSABLES POR DEUDA AJENA, entre los cuales se encuentran los AGENTES DE RETENCION y DE PERCEPCION

LEY 11683 - ART. 6º - establece - al tratar de quienes son los responsables del cumplimiento - que estan obligados a pagar el tributo al fisco, con los recursos que administren, perciban o disponen de los agentes de retencion o percepcion de los impuesto (inc. f)
Los Articulos 39 y 40 de la ley de Impuesto a las Ganancias indican lo siguiente:
39: la Percepcion del impuesto se realizara mediante la retención en la fuente en los casos y en la forma que disponga la DGI
40: Cuando el contribuyente no haya dado cumplimiento a su obligación de retener el impuesto, de conformidad con las normas vigentes, la dirección podrá, a los efectos del balance impositivo del contribuyente, impugnar el gasto efectuado por este.
Estos articulos nos indican que deben actuar como agentes de retención las personas fisicas y sucesiones indivisas, las personas juridicas y demas sociedades, asociaciones o entidades que tengan capacidad para cumplir con esta obligacion tributaria.
Nos referimos a los agentes de retención y a los agentes de percepción, que son también una creación de la Ley Fiscal con el fin de mejorar y asegurar la recaudación de los tributos estableciendo los siguientes regímenes:
a) REGIMEN DE RETENCION: consiste en que un "sujeto" (designado expresamente por la Administración Tributaria), cuando paga una deuda, RETIENE (conserva) una porción de dicho pago en concepto de tributo para luego entregarlo al Estado por cuenta de aquel a quien le entrega un comprobante como un crédito fiscal. Es este caso, siempre el flujo de dinero va desde el agente de retención hacia el sujeto que sufre la retención. E l agente de retención es una categoria de sujeto que la doctrina internacional lo define: "son responsables directos en calidad de agentes de retención, las personas designadas por la Ley o por la Administración, previa autorización legal, que por sus funciones públicas o por razones de su actividad, oficio o profesión, intervengan en actos u operaciones en las cuales puedan efectuar la retención del tributo correspondiente" Como ha dicho la jurisprudencia, el agente de retención es un tercero ajeno a la relación tributaria que motiva la retención, por lo cual su obligación personal se extingue respecto del fisco, una vez cumplidos sus Actos de Retener e Ingresar el Impuesto con arreglo a las disposiciones vigentes en ese momento. Por otra parte, su condición de sujeto pasivo deriva de la ley y no puede ser alterada por convenios. Respecto del incumplimiento de obligaciones del agente de retencion hay que distinguir entre dos situaciones:
- el agente que no retiene: lo trata el art. 40 de la ley
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- el agente que si retiene, pero no ingresa: en este caso existe una actuación dolosa por parte del agente de retención y es castigado con multa y/o prisión.
en fin, AGENTE DE RETENCION, es aquel que RETIENE, de una suma que adeuda de un tercero (que es el contribuyente), un determinado monto en concepto de impuesto a las ganancias y que luego lo ingresa depositandolo a la orden del fisco (que es en cuya cuenta y orden actua, por imperio de las normas vigentes legales)
b) REGIMEN DE PERCEPCIÓN: consiste en que un "sujeto" (designado expresamente por la Administración Tributaria), cuando cobra una deuda, debe PERCIBIR (cobrar) un importe adicional en concepto de tributo para luego entregarlo al Estado por cuenta de aquel, a quien le entrega un comprobante como un crédito fiscal. En este caso, siempre el flujo de dinero va desde el Sujeto que sufre la percepción hacia el agente que la practica.
Es aquella persona, que en razon de sus actividades, recibe del contribuyente, un monto en concepto de impuesto que posteriormente debe ingresar al fisco.
DIFERENCIAS
El Agente de Retención, es generalmente deudor del contribuyente. Entonces como resultado de ésta vinculación, cuando le paga su deuda, le deduce la suma que debe retener en concepto de impuesto, para luego ingresarlo en el fisco.
Ejemplos:
AGENTE DE RETENCION: los cajeros de las entradas en los espectáculos públicos de todo tipo, cuando se cobran algunos servicios públicos, luz, telefono, gas, etc
AGENTE DE PERCEPCION: el cliente abona los honorarios a un profesional y antes de hacerlo le retiene el impuesto correspondiente.

CLASES DE RETENCIONES:
Las retenciones efecuadas pueden ser de 2 clases:
- RETENCIONES CON CARACTER DEFINITIVO: esto es, que para el contribuyente no significa un credito fiscal, sino un pago definitivo del impuesto a las ganancias, efectuado directamente en la fuente
- RETENCIONES A CUENTA: Es decir, cuandop lo retenido significa para el contribuyente un CREDITO FISCAL a utilizar cuando efectue su DD.JJ anual.
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